Hacienda va a empezar a meter mano en el tema de los prestamos de empresa a socios, o socios que prestan a la empresa, o pisos que se venden por dos duros a trabajadores, constructores, etc.
Por ejemplo, un socio que haga un prestamo a su empresa, debera imputarse los supuestos intereses, y al reves, si es la empresa quien presta, debera imputarselo en el Impuesto de Sociedades.
Lo que no se es si se hace un contrato entre las partes indicando el 0% interes, se pueden seguir justificando estas operaciones o no.
domingo, junio 08, 2008
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